Fuerzas Militares de Colombia — Decreto 1211/1990 · Ley 923/2004 · CREMIL
Calculadora de Asignación de Retiro FFMM 2026 — ¿Cuánto recibirás al retirarte?
Estime su asignación mensual de retiro según el grado y los años de servicio, con base en el Decreto 1211 de 1990, administrado por CREMIL.
iBase legal: Decreto 1211/1990 Art. 177–178 (40 % a los 15 años + 4 %/año adicional, máx. 95 %) · Ley 923/2004 · SMMLV 2024: $1.300.000. Esta es una herramienta orientativa — no reemplaza información oficial de CREMIL (cremil.gov.co).
Sus datos
Salario base aprox. $ 4.900.000/mes (MinDefensa 2024)
20 años
15 años (mín.)30 años
Fórmula aplicada (Art. 178)
40% + (5 × 4%) = 60%
35% hasta el tope
Comparaciones
Salario base activo$ 4.900.000
Asignación de retiro$ 2.940.000
SMMLV 2024$ 1.300.000
Tasa de reemplazo: 60.0% del salario activo · Equivale a 2.26× el SMMLV 2024
Progresión por años de servicio (Decreto 1211 Art. 178)
15 a.
40%
$ 1.960.000/m
18 a.
52%
$ 2.548.000/m
20 a.
60%
$ 2.940.000/m
22 a.
68%
$ 3.332.000/m
25 a.
80%
$ 3.920.000/m
28 a.
92%
$ 4.508.000/m
¿Cómo funciona la asignación de retiro de las FFMM?
Decreto 1211/1990 — La fórmula base
El artículo 178 del Decreto 1211 de 1990 establece que la asignación de retiro equivale al 40% del salario básico mensual con 15 años de servicio, más un 4% adicional por cada año completo que supere ese mínimo. El porcentaje máximo alcanzable es el 95%, lo que se logra aproximadamente a los 28 años y 9 meses de servicio. Fuente: Decreto 1211/1990, disponible en el Diario Oficial.
CREMIL — Caja de Retiro de las Fuerzas Militares
La asignación de retiro es administrada por CREMIL (Caja de Retiro de las Fuerzas Militares), entidad adscrita al Ministerio de Defensa. CREMIL gestiona los pagos mensuales, actualizaciones por inflación y trámites de sustitución pensional. Para consultas oficiales: cremil.gov.co o línea gratuita 01 8000 112 312.
Ley 923 de 2004
La Ley 923 fijó los criterios para el régimen pensional de la Fuerza Pública. Señala que el régimen es especial, separado del sistema general de pensiones (Ley 100/1993), y establece el marco dentro del cual el Gobierno reglamenta las condiciones de retiro para oficiales, suboficiales y soldados profesionales.
Actualización de la asignación
Las asignaciones de retiro de las FFMM se actualizan anualmente mediante decreto del Gobierno Nacional, generalmente vinculado al incremento del SMMLV y al IPC. Esto protege parcialmente el poder adquisitivo de los retirados frente a la inflación.
Salud posmilitar
Los militares retirados tienen derecho a continuar afiliados al sistema de salud de las Fuerzas Militares a través del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares (SSFM), con cobertura para el titular y su grupo familiar, sin cotización adicional sobre la asignación de retiro.
Datos clave del sistema
Porcentaje inicial
40%
A los 15 años de servicio (Art. 177)
Incremento anual
+4%/año
Por cada año sobre 15 (Art. 178)
Porcentaje máximo
95%
Tope legal (≈28 años de servicio)
Años mínimos
15 años
Para pensión completa (Decreto 1211)
SMMLV 2024
$1.300.000
Decreto 2616/2023 — referencia base
Administrador
CREMIL
cremil.gov.co · Adscrito a MinDefensa
Aviso: Este cálculo es orientativo y se basa en la fórmula pública del Decreto 1211/1990 y la Ley 923/2004. Los salarios base son aproximados; los montos exactos se fijan por decreto del Gobierno Nacional. Para información vinculante, consulte a CREMIL (cremil.gov.co) o al Ministerio de Defensa Nacional de Colombia.